El Ayuntamiento de Castellar abre el plazo de solicitudes de participación en la convocatoria para cubrir las 16 plazas disponibles, para la contratación de trabajadores, en el marco del convenio entre el Ayuntamiento de Castellar de la Frontera y la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, Dentro de la Primera Fase del Programa de Empleo para Colectivos en Emergencia Social (PECES).
Las Solicitudes deben recogerlas en el Aula de la Juventud (Servicios Sociales) de Castellar en horario de 10 de la mañana a 2 de la tarde. Las solicitudes deberán ser entregadas en el Ayuntamiento de Castellar en horario de mañana de 9.00 a 15.00 h. Tienen como plazo desde el 7 de Febrero hasta el próximo día 16 de Febrero, ambos inclusive.
Las Solicitudes deben recogerlas en el Aula de la Juventud (Servicios Sociales) de Castellar en horario de 10 de la mañana a 2 de la tarde. Las solicitudes deberán ser entregadas en el Ayuntamiento de Castellar en horario de mañana de 9.00 a 15.00 h. Tienen como plazo desde el 7 de Febrero hasta el próximo día 16 de Febrero, ambos inclusive.
Los Requisitos:
- Ser español o miembro de la Unión Europea o cualquier otro país y que reúnan los requisitos legales para su contratación.
- Tener edad comprendida entre 16 y 65 años.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública
- Encontrarse todos los miembros de la Unidad Familiar, en edad de ello, en DESEMPLEO; y no percibir prestación por tal concepto, ni prestaciones de la seguridad social: ni prestaciones económicas a través de la Ley de Dependencia: ni cualquier otra prestación económica reconocida por las Administraciones del Estado, que SUPEREN LA CANTIDAD DE 300 EUROS MENSUALES por unidad familiar.
- Ser español o miembro de la Unión Europea o cualquier otro país y que reúnan los requisitos legales para su contratación.
- Tener edad comprendida entre 16 y 65 años.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública
- Encontrarse todos los miembros de la Unidad Familiar, en edad de ello, en DESEMPLEO; y no percibir prestación por tal concepto, ni prestaciones de la seguridad social: ni prestaciones económicas a través de la Ley de Dependencia: ni cualquier otra prestación económica reconocida por las Administraciones del Estado, que SUPEREN LA CANTIDAD DE 300 EUROS MENSUALES por unidad familiar.