29 de Abril de 2024
La formación estará remunerada con 27 euros brutos al día.
Tienen hasta el viernes, para inscribirse en el Edificio de Asuntos Sociales con las trabajadoras sociales del Ayuntamiento de Castellar; el lunes podrán seguir haciéndolo en la sede de Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar. También por sede electrónica hasta el mismo lunes a las 0.00.
El curso constará de 450 horas. Se necesita Educación Secundaria Obligatoria, FP1 o equivalentes.
Toda la información en la Sede electrónica de la Mancomunidad Campo de Gibraltar y con las trabajadoras sociales del Ayuntamiento de Castellar de la Frontera.
Recibirán formación teórica de las acciones formativas, que se impartirá en días laborales, de lunes a viernes.
• Recibirán prácticas en empresas, las horas serán las establecidas en cada acción formativa.
• Tendrán cubiertos los riesgos de accidentes y de responsabilidad civil que pudieren producirse como consecuencia de la asistencia a las actuaciones del proyecto, según las condiciones de la póliza suscrita a tal efecto.
• Tendrán derecho a recibir la ayuda económica vinculada a la formación.
• Recibirán seguimiento individualizado por parte del docente.
• Recibirán acompañamiento a la inserción por parte de un/a profesional Orientador/a de inserción.
Requisitos:
Los requisitos para participar en la convocatoria serán los siguientes:
- Tener nacionalidad Española, o extranjera con residencia legal en España y autorización de trabajo y residencia.
- Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder en su caso de la máxima de la jubilación forzosa.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, y tengan plena capacidad de obrar conforme a lo dispuesto en el Código Civil.
- Estar inscrito/a como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo correspondientes.
- Estar en posesión de la titulación mínima exigida según los certificados de profesionalidad.
(Educación Secundaria Obligatoria o equivalente).
- No estar incurso en causa de incompatibilidad de las regidas por la legislación vigente.
- No ser perceptoras de ninguna prestación o subsidio por desempleo, ayudas o prestación de carácter público y no percibir rentas del trabajo personal.
Las personas interesadas deberán presentar solicitud debidamente cumplimentada en el Registro de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, o a través de su Sede
electrónica, o en los diferentes Ayuntamientos.
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