DENOMINACIÓN

Bajo la denominación de "Montes Vecinales de la Finca La Boyal" se constituye una comunidad de bienes que se regirá por los Estatutos de la misma y, en lo no previsto en ellos, por los preceptos de la Ley 55/80 de Montes Vecinales en manoccomún de 11 noviembre de 1980 y su Reglamento aprobado por Decreto 569/70 de 26 de febrero.

ÓRGANOS DE LA COMUNIDAD

La comunidad de bienes del Monte Vecinal será gobernada por la Asamblea General de Vecinos y por la Junta Rectora.

DE LA ASAMBLEA DE VECINOS

La Asamblea General de Vecinos se reunirá, con carácter ordinario, una vez al año, dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio económico -que coincidirá con el año natural- para censurar la gestión común y aprobar en su caso, las cuentas del ejercicio y gestión de la Junta Gestora, así como el presupuesto del año siguiente.